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Publicado por ZACATECASWEBNEWS en agosto - 22 - 2015

PRESENTAN EL LIBRO “EL MODELO CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO”.

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Zacatecas, Zac.- El libro titulado “El Modelo Constitucional de Derechos Humanos en México, Estudios sobre Constitucionalización del Derecho”, fue presentado en Zacatecas por el Doctor Ramón Ortega García.

Ello a invitación del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas (TSJEZ) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través de su Casa de la Cultura Jurídica “Ministro Roque Estrada Reynoso”.

El recinto donde se explicó la obra fue en la Casa de la Cultura Jurídica en donde el Doctor Ramón Ortega García denominó su ilustración como; “Otro ladrillo a la pared”, pues defiende la idea de que en nuestro país se asiste desde hace algún tiempo a la construcción de un nuevo modelo constitucional que toma a los derechos humanos como su eje rector.

Sin embargo, mencionó que ese un modelo en últimas fechas ha sido objeto de diversas revisiones que tienden a restringir y limitar el ejercicio de esas libertades y prerrogativas en temas como el arraigo domiciliario y otros.

Ortega García, expuso que las restricciones sobre el arraigo son absolutas y deben aplicarse taxativamente, así como ser objeto por parte del órgano aplicador del derecho en este caso el Juez, de un juicio de ponderación, lo que se conoce como un juicio de proporcionalidad en sentido estricto, con el objeto de saber si son o no aplicables a la luz de las circunstancias correctas.

Así mismo dijo que las restricciones al ejercicio de un derecho humano definen su alcance y extensión, por ello se deben estar establecidas en una norma legal y deben cumplir forzosamente con las condiciones previstas por la constitución.

En ese sentido, puntualizó que existen dos tipos restricciones a los derechos humanos; las que producen efectos generales porque se aplican a un sector importante de la población y sus condiciones de validez son las que están previstas en el artículo 29 de la Carta Magna y la otra se aplica en situaciones concretas que afectan a personas determinadas como es el caso del arraigo, el cateo, la intervención de comunicaciones privadas, visitas domiciliarias, la prisión preventiva, entre otras, cuyas condiciones de validez están previstas en las normas constitucionales respectivas.

Por ello afirmó que cualquier restricción interpuesta por los órganos autorizados mediante una ley o decreto tiene que ser compatible con el bloque de derechos humanos previsto en el artículo primero de la constitución ya que ese conjunto normativo es el supremo parámetro de validez material.

El Doctor Ramón Ortega García, indicó que no toda restricción a un derecho humano supone una violación a ese derecho, ya que la obligación del Juez antes de aplicar la medida en el caso que le toque resolver asegurarse que es proporcional en el caso que se analice.

“Pienso que las restricciones constitucionales expresas como el arraigo, el cateo entre otras, no deberían ser aplicables de forma automática e indiscriminada en detrimento de la maximización de la protección de los derechos humanos y la principal aplicación a la  reforma del 10 de junio de 2011, sería mejor que su aplicación estuviera controlada por el Juez competente como órgano imparcial y especializado en la impartición de justicia previendo guardar las circunstancias de cada caso determinado antes de resolver si la medida es o no aplicable, siempre teniendo presente esa exigencia de maximización”, concluyó.

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