Por: Dip. Dra. Ma. de la Luz Domínguez Campos
Con la convicción de que es necesario reducir la brecha de desigualdad entre mujeres y hombres, presenté la modificación de diversos artículos de la Ley Electoral, que establecen que la Legislatura del Estado y los Ayuntamientos deberán ser integrados con el 50% de candidatos de un mismo género, tanto en los propietarios como en los suplentes, y en ambos principios (mayoría relativa y representación proporcional).
Los Zacatecanos debemos ser conscientes que si realmente queremos lograr la transformación de nuestra sociedad es necesario dar a las mujeres el lugar que les corresponde en el proceso de transformación de nuestro estado. En consecuencia, se debe auspiciar una política transversal que conduzca a la integración de las mujeres zacatecanas en las tareas de desarrollo estatal, en igualdad de oportunidades y paridad de género. Para esto, Movimiento Ciudadano por mi conducto, propone la paridad como principio democrático, a fin de que las mujeres sean representadas en todos los espacios de decisiones políticas en los diferentes niveles de gobierno y con visión contribuyamos al desarrollo de un Estado más justo, democrático, equitativo, justo e igualitario.
El Padrón Electoral de Zacatecas lo constituye 1 millón 178 mil electores, de los cuales 570 mil 440 son hombres, lo que equivale al 48.42% del padrón total y 607, 560 mujeres, lo que equivale al 51.58% del padrón total. Lo que representa contundemente que somos más mujeres que hombres, pero además sus aportaciones son sustanciales en lo económico, político, social y cultural, por lo tanto ,es urgente que el próximo proceso electoral del 2013 los Ayuntamientos y la Legislatura sean integrados con un 50% de hombres y un 50% de mujeres; es decir, que sea obligatorio para los partidos políticos que en las candidaturas de mayoría relativa y de representación proporcional el 50% sea para mujeres sin regateos, ni justificaciones.
Asimismo se propone derogar la excepción establecida en la ley para cumplir con la cuota de género y hacer efectiva la participación de las mujeres en las candidaturas a cargos de elección popular, tanto por el principio de mayoría relativa como de representación proporcional. Lo que significa que los Partidos Políticos no podrían evitar registrar mujeres con el pretexto de que hombres provienen de proceso de elección interna.
Lo anterior en congruencia con la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación del expediente marcado con el número SUP-JDC-12624/2011; así entonces se propone derogar el numeral 3 del artículo 7 y numeral 3 del artículo 118 de la Ley Electoral del Estado
Con esta nueva propuesta legislativa, se busca cumplir el objetivo número 3 de los Objetivos del Desarrollo del Milenio, relativo a “Promover la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer”; lo que implica el incremento de las mujeres en los espacios de toma de decisiones tanto en el Poder Ejecutivo Estatal y Municipal como en el Poder Legislativo.
Finalmente reitero que para Movimiento Ciudadano una condición imprescindible es la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres para consolidar el proyecto de nación al que aspiramos, mediante su incorporación y participación en todos los ámbitos del quehacer nacional y estatal, bajo el principio rector de igualdad de oportunidades y paridad de género.