TJEEZ CONFIRMA NEGATIVA DE REGISTRO DE JAIME ENRÍQUEZ.
Los Magistrados en sesión pública y por unanimidad de votos confirmaron la decisión del IEEZ de negar el registro como candidato independiente a la Presidencia Municipal de Zacatecas a José Jaime Enríquez Félix, pues no presentó ninguna firma apoyando su candidatura independiente.
En su demanda Jaime Enríquez señala que el Reglamento es anticonstitucional pues, a su parecer, el IEEZ no tiene la facultad de emitirlo y los requisitos de 5333 firmas y copias simples de los ciudadanos que lo apoyan es excesivo y va contra la Constitución.
Los Magistrados señalaron que contrario a lo que argumentó Jaime Enríquez, el IEEZ si tiene facultad para emitir el reglamento, pues la Ley Orgánica del propio Instituto lo establece en el artículo 23; además la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando resolvió sobre la inconstitucionalidad de la Ley Electoral del Estado dijo que le correspondía al Instituto Electoral regular los aspectos que no fueron abordados en la Ley, pues la reforma incluyo muy pocos artículos sobre el tema de candidatos independientes.
Sobre las firmas expusieron que no es inconstitucional pues la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación cuando se impugnó el Reglamento de Candidaturas Independientes únicamente declaró que lo que era una carga excesiva era que la relación de apoyo ciudadano debía hacerse constar mediante fe de hechos notarial por lo que esta parte no fue requerida para ser registrados como candidatos independientes, la cantidad de apoyo no se declaró como carga excesiva por lo que quedo firme desde el 07 de Febrero y Jaime Enríquez estaba obligado a cumplirlo.
Otra de las quejas del actor era que el sistema jurídico mexicano impide a los ciudadanos protegerse de los atropellos del sistema político, porque no existe un recurso ni institución donde se resuelva sobre la constitucionalidad de la ley electoral y el reglamento, y a la fecha él no ha podido impugnarla.
Sobre este tema los Magistrados señalaron que José Jaime Enríquez Félix podía impugnar el Reglamento a través de un Juicio Para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, pues las Salas del Tribunal pueden resolver la no aplicación de leyes o reglamentos que sean contrarias a la constitución.
Como prueba de lo anterior mencionaron la impugnación al Reglamento de Candidaturas Independientes que se hizo precisamente a través del Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, argumentando los agravios que hasta ahora pretende hacer valer Jaime Enríquez.
Dichos JDC los presentaron, el 13 de Febrero del presente año, Marco Antonio Torres Inguanzo, Juan Francisco Valerio Quintero y Rogelio Cárdenas Hernández, la Sentencia se dictó el 7 de Febrero, y las claves asignadas son: SU-JDC-41/2013, SU-JDC-42/2013 Y SU-JDC-43/2013.