
El Instituto Electoral del Estado de Zacatecas recibió 450 solicitudes de ciudadanas y ciudadanos, así como de 4 Asociaciones Civiles, para participar como Observadores Electorales en el Proceso Electoral 2013. A través de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos se les imparte un curso de capacitación.
En el curso de información se dio a conocer que el proceso electoral del Estado de Zacatecas es el conjunto de actos realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos, ordenados por la Constitución y la Ley, que tiene por objeto la renovación periódica de los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, así como de los miembros de los Ayuntamientos del Estado.
Los asistentes al curso de información para Observadoras y Observadores Electorales también conocieron la Geografía Electoral del Estado de Zacatecas, en donde se incluye la integración de cada uno de los 18 distritos electorales.
El Director Ejecutivo de Organización Electoral y Partidos Políticos, Lic. Jesús Frausto Sánchez, explicó que la casilla es el lugar donde los ciudadanos acudimos a votar; para cada casilla habrá una Mesa Directiva formada por ciudadanos que se encargarán de recibir y contar los votos.
Precisó además que existen diferentes tipos de casilla, las cuales se clasifican de la siguiente manera: Básica: Es aquella que se instala para recibir la votación de los electores en cada sección electoral. En nuestro estado se instalarán 1,874 casillas básicas.
La Casilla Extraordinaria: Se instala cuando las condiciones geográficas de una sección hagan difícil que todos los electores puedan llegar a un mismo sitio a votar. En la Jornada Electoral del 7 de julio de 2013 se instalarán 40 casillas extraordinarias.
Así como la Casilla Especial: Se instala para recibir los votos de los electores que temporalmente se encuentran fuera de la sección que corresponde a su domicilio. Se instalarán 18 casillas especiales que corresponden a los dieciocho Distritos Electorales que integran el Estado
Mencionó que el observador y observadora electoral son quienes contribuyen a consolidar la confianza de la ciudadanía, observando que en el desarrollo del proceso electoral se apliquen los principios de certeza, legalidad, equidad, independencia, imparcialidad y objetividad.
Además de observar la instalación de casillas; el desarrollo de la votación; el escrutinio y cómputo de la votación en las casillas; la fijación de los resultados en los consejos distritales y municipales; la clausura de casillas; la recepción de escritos de incidentes y protesta; la lectura en voz alta de los resultados en los consejos distritales y municipales; y deberá llevar consigo su acreditación oficial y su gafete de identificación.
Los observadores y observadoras electorales que hayan acreditado para el proceso electoral, se abstendrán de: sustituir a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones, hacer presión sobre las mismas para inducirlas a modificar su criterio o su actuación, y obstaculizar o interferir por cualquier medio el desempeño de sus atribuciones.
De igual manera, tienen prohibido hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de un partido o coalición, fórmula, planilla o un candidato; externar de palabra o por cualquier otro medio, expresiones que ofendan, difamen o calumnien a las instituciones, las autoridades electorales, los partidos políticos, coalición o los candidatos; y declarar en forma verbal, escrita o por cualquier otro medio, por sí o por interpósita persona, el triunfo de un partido, coalición, fórmula, planilla o candidato.
