El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en Sesión Extraordinaria, cumplimiento a la sentencia definitiva emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal, recaída en los Juicios de Revisión Constitucional Electoral identificados con la claves: SM-JRC-11/2013 y su acumulado SM-JRC-12/2013.
Lo anterior, respecto del registro de la Coalición Electoral Total “Alianza Rescatemos Zacatecas”, conformada por los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, para participar en las elecciones de Diputados y Ayuntamientos en el proceso electoral ordinario 2013, de conformidad con lo previsto en los considerandos del segundo al cuarto de esta resolución.
De igual manera, el Consejo General instruyó a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos de la Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, para que inscriba en el Libro de Partidos Políticos a la Coalición Electoral Total “Alianza Rescatemos Zacatecas”, para los efectos legales conducentes.
Se instruye a la Consejera Presidenta y al Secretario Ejecutivo expidan el certificado de registro de la Coalición Electoral Total “Alianza Rescatemos Zacatecas”, a cada uno de los partidos políticos coaligados; así como la constancia de registro de la plataforma electoral común de la Coalición Electoral Total “Alianza Rescatemos Zacatecas”.
En el mismo sentido, a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos de la Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, para que inscriba en el Libro de registro respectivo, el Convenio de la Coalición Electoral Total “Alianza Rescatemos Zacatecas”, para los efectos legales conducentes.
El Consejo General acordó que se tiene por registrada la plataforma electoral común de la Coalición Electoral Total “Alianza Rescatemos Zacatecas”, a la que se sujetarán las candidatas y los candidatos postulados por la citada Coalición.
Por lo tanto, para los efectos legales conducentes, se tiene por registrado al máximo órgano de dirección de la Coalición Electoral Total “Alianza Rescatemos Zacatecas”, denominado: “Comisión Coordinadora Estatal” y al órgano de finanzas denominado: “Consejo de Administración”, de conformidad con lo establecido en el Convenio presentado por dicha Coalición.
De igual manera, el Consejo General emitió acuerdo mediante el cual se da cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal, en los Juicios de Revisión Constitucional Electoral y para la Protección de los Derechos Político-Electorales identificados con las claves SM-JRC-9/2013 y acumulados SM-JDC-436/2013 y SM-JDC-444/2013, respecto de la resolución RCG-IEEZ-004/IV/2013, aprobada por este órgano superior de dirección con relación a la procedencia del registro del órgano directivo estatal del partido político Movimiento Ciudadano.
El acuerdo del Consejo General señala que se instruye a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos de la Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, a efecto de que inscriba en el Libro de registro de los órganos directivos de los partidos políticos, a los integrantes de la Comisión Ejecutiva Provisional del partido político Movimiento Ciudadano, la cual se integra de la forma siguiente:
Samuel Castro Correa, Coordinador de la Comisión Ejecutiva; Maricela Dimas Reveles, Integrante de la Comisión Ejecutiva; Ana Gabriela Ramírez García, Integrante de
la Comisión Ejecutiva; Javier Reyes Romo, Integrante de la Comisión Ejecutiva, y Ernesto González Romo, Integrante de la Comisión Ejecutiva.
De igual manera, se deja insubsistente, para todos los efectos a que haya lugar la inscripción de los integrantes de la Comisión Estatal del partido político Movimiento Ciudadano, conformada por: los CC. Elías Barajas Romo como Coordinador, Zenadio Calderón Vidales, José Guadalupe Chiquito Díaz de León, José Manuel Pérez Sánchez, Juan José Román Román, María Torres Torres y Félix Vázquez Acuña; en el Libro de registro de los órganos directivos de los partidos políticos de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos de la Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.
Por lo tanto, quedan sin efectos todas las actuaciones llevadas a cabo por los CC. Elías Barajas Romo como Coordinador de la Comisión Operativa Estatal del partido político Movimiento Ciudadano y de J. Guadalupe Chiquito Díaz de León, representante suplente ante el Consejo General del Instituto Electoral.
De la misma manera, se deja insubsistente, para todos los efectos a que haya lugar, la inscripción de los integrantes de la Coordinadora Estatal de Movimiento Ciudadano en el Estado de Zacatecas; en el Libro de registro de los órganos directivos de los partidos políticos de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos de la Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.
Por lo tanto, se tiene por acreditado al C. Samuel Castro Correa, Coordinador de la Comisión Ejecutiva Provisional en el Estado de Zacatecas, como la persona responsable de recibir las prerrogativas que por financiamiento público le corresponden al partido político Movimiento Ciudadano en el Estado de Zacatecas.
Asimismo, se tiene por registrada la plataforma electoral presentada por el C. Samuel Castro Correa, Coordinador de la Comisión Ejecutiva Provisional del partido político Movimiento Ciudadano en el Estado de Zacatecas, que sostendrán sus candidatos y candidatas en el proceso electoral 2013.
En otro punto de la orden del día, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas determinó que es procedente el registro preliminar del C. Gerardo Carrillo Nava, a la candidatura independiente a Presidente Municipal del Ayuntamiento de Cañitas de Felipe Pescador, Zacateca.
En consecuencia, el Consejo General expidió la Constancia de Procedencia del Registro Preliminar, al C. Gerardo Carrillo Nava, quien deberá cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias para el registro de las candidaturas de la planilla del Ayuntamiento de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas.