EL MARTES 12 DE ABRIL RECIBE EL IEEZ LAS BOLETAS PARA VOTAR DESDE EL EXTRANJERO
Zacatecas, Zac.- El Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, Mtro. Virgilio Rivera Delgadillo, dio a conocer que el martes 12 de abril, al medio día, se entregará en la Ciudad de México la documentación electoral para el voto de los zacatecanos residentes en el extranjero, consistente en las boletas para la elección de gobernador y las diferentes actas de casilla para la jornada electoral, para el escrutinio y cómputo de los votos.
Con estos insumos el IEEZ integrará el Paquete Electoral Postal y lo enviará a los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de los ciudadanos zacatecanos residentes en el extranjero. El paquete deberá estar de regreso a Zacatecas antes de las 8 de la mañana del día 4 de junio.
Para desarrollar estas tareas, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas emitió un Acuerdo por el que se aprueba el Protocolo para la recepción, resguardo y envío de los Sobres Postal Voto de los zacatecanos residentes en el extranjero, para la elección de Gobernador del Estado, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2015-2016.
El Protocolo consiste en establecer el procedimiento de la entrega-recepción de la documentación y el material electoral para el voto de los zacatecanos residentes en el extranjero, por parte de la empresa Talleres Gráficos de México, responsable de elaborarlas, al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (al personal de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos y de la Unidad Técnica del Voto de los Zacatecanos Residentes en el Extranjero).
Además de definir el procedimiento para el traslado de la documentación y material electoral de Talleres Gráficos de México a las oficinas del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.
En este documento se precisan los mecanismos a seguir para el resguardo de la documentación y material electoral por parte del Instituto, una vez que se radique en el Local Único del Instituto; así como el procedimiento para el envío del Paquete Electoral Postal a las y los ciudadanos zacatecanos residentes en el extranjero.
Por lo tanto, en términos del artículo 340, numeral 3, de Ley General de Instituciones, así como del capítulo II de los Lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral para la Organización del Voto de las y los Mexicanos residentes en el extranjero en las Entidades Federativas que corresponda, durante los Procesos Electorales Locales de 2015-2016, el Paquete Electoral Postal se integrará al menos de los siguientes elementos:
La boleta electoral de la elección de Gobernador; las propuestas de los candidatos, partidos políticos o coaliciones en un folleto y un DVD con un mensaje de cada uno de los candidatos a la gubernatura del estado; Un instructivo para votar, donde se indique el carácter secreto, personal e intransferible del voto.
También, se integran 2 sobres: Un Sobre Postal Voto, marcado con el número 2, en el que el ciudadano introducirá el Sobre Voto, que será remitido por correo postal. Este sobre tendrá impreso un código de barras con la clave de elector del remitente así como el apartado postal contratado con Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX); y un Sobre Voto marcado con el número 3 en el que se introducirá la boleta sufragada y que será remitido dentro del Sobre Postal Voto.
El Protocolo en su apartado XIV, establece la confidencialidad de los datos personales, y señala que el Instituto y sus áreas operativas implementarán los mecanismos necesarios para garantizar la seguridad de los datos personales y evitar su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado, de acuerdo con la Constitución, la ley en la materia, y los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano.
Además, de que se garantizará en todo momento la confidencialidad, salvaguarda y custodia de la información, instrumentos, o productos electorales que le sean entregados por el Instituto Nacional Electoral y, para tal efecto, diseñarán los mecanismos que garanticen que la información y documentación electoral que les proporcione la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores con motivo del Voto de los Zacatecanos Residentes en el Extranjero, no será reproducida por ningún medio; asimismo, asegurará que su acceso no implique el libre uso y disposición de la misma
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