PENAS MÁS SEVERAS A GRAFITEROS
A partir de la publicación en el Periódico Oficial, quedará prohibida la venta o facilitación a menores de edad de pintura en aerosoles, solventes, ácidos o cualquier otro material dañino que deje una marca permanente, en propiedades privadas, monumentos que representen patrimonio cultural del Estado de Zacatecas. Ello principalmente por el daño que ocasiona la “escritura urbana” al patrimonio público, histórico y cultural de las ciudades y localidades. Además del detrimento que sufre la imagen urbana, hay que adicionar la sensación de inseguridad que genera en los habitantes el vivir entre pintas.
Esta modificación al artículo 181 del codigo penal, tiene un espíritu preventivo, pues con la reforma, salvaguardamos a nuestros jóvenes de cometer acciones que dañen su entorno y por ende procurar evitar que se les sancione por ello. A quien facilite o procure, pintura en aerosoles, solventes o ácidos a menores de edad, se le impondrá una multa de cincuenta a cien cuotas.
Por otra parte, se adiciona el Artículo 349 Bis. para multar de cincuenta a cien cuotas y las jornadas de trabajo necesarias para reparar hasta donde sea posible el daño ocasionado, al que dañe, pinte, grabe o talle, dibujos, signos, mensajes o gráficos de cualquier otro tipo, usando pinturas o cualquier otra sustancia similar, en bienes muebles o inmuebles ajenos, sin el consentimiento de quien tenga la facultad de otorgarlo. Si las conductas antes previstas recaen en bienes de valor científico, histórico, cultural, edificios públicos, monumentos, equipamiento urbano o bienes de utilidad pública, la sanción antes mencionada se triplicara y deberá realizar de treinta a noventa jornadas de trabajo a favor de la comunidad.
Actualmente dieciséis Estados de la República consideran en su Código Penal la practica de “escritura urbana” como un delito, incluso llegando a las penas corporales, esto a razon de que esta práctica ilegal, llamada Graffiti, también es usada por grupos criminales, que la utilizan como un Código de Referencia, investigaciones en la materia, han publicado, que los signos en las paredes, son usados por el crimen, para delimitar territorios, marcar posibles blancos de actos delictivos o proporcionar información de narcomenudeo u otras actividades ilícitas como la extorsión o la trata de personas. Así mismo puede ser usado para comunicar la presencia de autoridades u operativos, para brindar información sobre rutas de escape o aseguramiento.
Esta reforma fue presentada por la diputada Claudia Anaya, Javier Torres y Rafael Gutierrez, la Iniciativa hace énfasis en la prevención del delito, principalmente en los menores de edad, para que estos no puedan acceder a sustancias o materiales con los que puedan dañar el espacio público. Es importante destacar que si bien la iniciativa propone sancionar esta conducta, también promueve la prevención al evitar que los menores de edad se vuelvan sujetos activos del delito. Los menores de edad ahora tendrán que tener el consentimiento de sus padres o tutores para poder acceder a estos materiales o podrán incorporarse a alguno de los programas de expresión artística en donde contarán de manera legal, con espacios y materiales.
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